ASIMET - Legal Laboral
Establece que
son accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto de ida o
regreso entre un lugar de empleo y otro
Boletín Número 3776-13
En
segundo trámite constitucional se encuentra en el Congreso
Nacional el proyecto de Ley que establece que son accidentes del
trabajo los ocurridos en el trayecto de ida o regreso, entre un
lugar de empleo y otro.
La
iniciativa busca modificar el inciso segundo del artículo 5º de
la ley 16744, agregando antes del punto final la siguiente
frase: “, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre
dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos
empleadores. En este último caso se considerará que el accidente
dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al
ocurrir el siniestro.”
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