|  ASIMET, nuestra asociación CÓDIGO DE 
				ÉTICA, PRINCIPIOS Y VALORES DE LA ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS 
				METALÚRGICAS Y METALMECÁNICAS A.G. Dictado bajo la 
				presidencia de don Ernesto Escobar 
				Elissetche  
				Esta Asociación 
				Gremial, conciente de la relevancia de la ética en las 
				relaciones diarias con sus asociados y entre estos, sus 
				clientes, proveedores e instituciones públicas y privadas; 
				considera necesario la dictación de un Código de Ética, 
				Principios y Valores que las regule. 
				De esta manera, 
				la observancia de este Código y el respeto de sus orientaciones, 
				pautas y directrices contribuirán a desarrollar, de una mejor 
				manera, la actividad gremial de esta Asociación, así como las 
				actividades que cada Asociado realice en el ámbito de su 
				respectivo rubro.  
				INTRODUCCIÓN 
				 Quienes 
				somos. 
				 Asimet A.G. es una organización 
				que ofrece un lugar para el encuentro empresarial, brindando 
				apoyo especializado a sus asociados del sector, para el 
				constante perfeccionamiento en ámbitos tales como el 
				tecnológico, legal, apertura de negocios, gestión y recursos 
				humanos, entre otros. 
				
				
				La Misión de Asimet A.G. 
				Nuestra misión es impulsar el 
				desarrollo del sector metalúrgico y metalmecánico en Chile,
				promover y 
				materializar la creación de valor en las empresas asociadas y 
				representarlas ante las entidades públicas y privadas a nivel 
				nacional e internacional, con el objeto de lograr el desarrollo 
				integral y sustentable de las mismas. 
				Nuestra acción 
				permanente es mantener una red gremial empresarial cohesionada 
				que nos permita transmitir información actualizada y así lograr 
				un intercambio enriquecedor  sobre los distintos avances y 
				mejoras en las diversas especialidades de la industria. En el 
				ámbito de la responsabilidad social, promovemos el cumplimiento 
				de buenas prácticas empresariales. 
				Nuestra meta es 
				que el sector metalúrgico y metalmecánico de Chile opere en 
				forma permanente con los más altos niveles de calidad y 
				excelencia que nos permitan ser competitivos a nivel global y 
				satisfacer plenamente las necesidades del mercado. 
				Estructura de Asimet A.G. 
				
				La dirección y administración de la Asociación corresponde a un 
				Directorio integrado por 14 miembros que son elegidos en las 
				Asambleas Ordinarias Anuales. Además, integran el Directorio los 
				últimos 3 ex Presidentes de la Asociación. 
				
				En la tarea de administrar la asociación gremial, el Directorio 
				cuenta con un Gerente General, el cual a su vez cuenta con un 
				equipo de colaboradores dependientes. 
				
				Asimet A.G. cuenta dentro de su estructura organizacional con el 
				Consejo Consultivo, Comités Gremiales y Círculos, así como  
				Corporaciones y Sociedades. 
				El 
				Consejo Consultivo de 
				Asimet A.G. es un órgano colegiado formado por asociados del 
				gremio. Dicho Consejo tiene por objeto colaborar con el 
				Directorio de Asimet A.G. en el establecimiento de las 
				directrices y políticas por las cuales debe guiarse la 
				asociación gremial. 
				Los Comités Gremiales 
				de Asimet A.G. son organismos colegiados formados por asociados 
				del gremio. Dichos comités son permanentes y tienen por objeto 
				el estudio y análisis de temas técnico- gremiales, y así 
				cooperar con la Asociación en la obtención de los objetivos 
				gremiales.  
				Los Círculos de Asimet 
				A.G. son organismos colegiados formados por asociados del gremio 
				con el objeto de abordar temas contingentes. Dichos Círculos 
				tienen por objeto cooperar con la Asociación en la obtención de 
				los objetivos gremiales. Los Círculos son por esencia 
				temporales, los cuales existirán sólo mientras se mantenga la 
				contingencia que motivó su creación. 
				La Asociación podrá 
				contar con el número de Comités y Círculos que las necesidades 
				del gremio lo requieran.  
				Por último, Asimet A.G. 
				cuenta con Corporaciones y Sociedades que constituyen 
				organizaciones que facilitan el cumplimiento de la misión y 
				objetivo de la Asociación. 
				
				
				Significado y trascendencia de nuestro Código de Ética, 
				Principios y Valores. 
				
				El presente Código de Ética se aplica a todos los Asociados de
				Asimet A.G. 
				y a las actividades realizadas por el Directorio, el Consejo 
				Consultivo, los Comités Gremiales, los Círculos, sus 
				Corporaciones y Sociedades. Lo que se dice de ellos se hace 
				extensivo a sus integrantes. Asimismo, el presente Código se 
				aplica a las personas que trabajan en la Asociación como 
				dependientes. 
				
				  
				
				Cada Asociado de Asimet 
				A.G. 
				debe observar y cumplir la normativa aplicable a su empresa o 
				sector haciendo uso de este Código como punto de referencia.   
				Asimet A.G.
				promoverá entre sus Asociados 
				
				
				 la 
				adopción de 
				los estándares establecidos en este Código.  
				
				  
				
				Las normas establecidas en este Código determinan la manera en 
				que Asimet A.G. 
				se relacionará con sus Asociados, dependientes, gobiernos, otros 
				gremios,  entidades públicas y privadas y el medio ambiente. 
				Asimismo, este Código determina la manera en que los miembros 
				del
				
				
				Directorio, del Consejo Consultivo, los Comités Gremiales, los 
				Círculos, sus Corporaciones y Sociedades deben actuar. 
				Las normas proporcionan una guía clara de cómo se espera que se 
				actué en determinadas circunstancias y asegura que se 
				mantenga y mejore la buena reputación de 
				Asimet A.G. 
				
				La ignorancia 
				del Código de 
				Ética, Principios y Valores 
				de Asimet A.G. 
				puede perjudicar gravemente a la Asociación y a sus Asociados, 
				al rubro metalúrgico y metalmecánico, así como a la reputación 
				que goza este gremio. 
				Actuar de manera responsable es importante y exige más atención 
				que nunca, teniendo en cuenta que el entorno gremial y empresarial 
				está en constante cambio. 
				
				
				Objetivo. 
				
				Este Código tiene por finalidad orientar las relaciones que 
				sostendrá Asimet A.G. 
				con sus Asociados y dependientes, así como orientar el actuar 
				del 
				
				Directorio, del Consejo Consultivo, los Comités Gremiales, los 
				Círculos, sus Corporaciones y Sociedades. 
				
				Busca ser un punto de referencia para aquellas relaciones, el 
				cual debe ser observado por cada uno de nuestros Asociados 
				dentro de sus respectivos sectores y empresas. 
				Asimet A.G. 
				realizará todos los esfuerzos necesarios para sustentar este 
				Código  y orientará a los que sean regidos por él en los 
				aspectos éticos y legales más relevantes que lo rodean. 
				 
				
				Compatibilidad.  
				El presente 
				Código es compatible con los Estatutos de 
				Asimet A.G.; con 
				el Reglamento de Organización y Funcionamiento
				del Consejo Consultivo, 
				Comités Gremiales y Círculos; con los principios del Pacto 
				Global - el cual fue suscrito por Asimet A.G.-; con las 
				declaraciones de principios de Directores y Asociados de esta 
				Asociación Gremial y cualquier otra pauta o directriz que 
				Asimet A.G. 
				haya dictado con anterioridad. 
				
				
				Estándares para el Directorio, el Consejo Consultivo, los 
				Comités Gremiales, los Círculos, Corporaciones, Sociedades y 
				trabajadores  
				
				De los miembros del 
				Directorio, del Consejo Consultivo, de los Comités Gremiales, de 
				los Círculos, Corporaciones, Sociedades y trabajadores 
				dependientes del gremio, 
				según  su función dentro 
				
				de la Asociación y sus obligaciones pertinentes, se espera que: 
					Apoyen, 
fomenten y creen un entorno favorable para que la
conducta 
ética obtenga reconocimiento, 
se valore y se ponga como 
ejemplo.
					Se 
aseguren que los Asociados entienden y aplican este 
Código
Apoyen a 
los Asociados para que formulen preguntas o planteen problemas de buena fe 
acerca de cuestiones 
éticas.Observen 
y hagan cumplimiento constante de  las normas establecidas en este Código.Den 
un buen ejemplo y animen a los demás a hacer lo mismo. 
				
				
				Relación de este Código con las leyes y reglamentos.  
				
				Este 
				
				Código 
				establece el estándar de comportamiento que se espera se cumpla 
				dentro de Asimet A.G., 
				así como las pautas que deben seguir el 
				
				Directorio, el Consejo Consultivo, los Comités Gremiales, los 
				Círculos, sus Corporaciones y Sociedades 
				y 
				
				nuestros Asociados en sus respectivas empresas o sectores en sus 
				distintos ámbitos de interés. 
				
				  
				
				Cuando existan leyes, reglamentos y otras políticas de 
				Asimet A.G. 
				que contengan estándares superiores a los establecidos por este
				
				
				Código,
				
				
				se aplicarán dichas leyes, reglamentos o políticas.   
				VALORES Y PRINCIPIOS  
				El quehacer gremial de Asimet 
				A.G. y el quehacer empresarial de sus asociados deben respetar y 
				promover los siguientes principios y valores: 
				1.- Ética Empresarial. 
				La actividad gremial y 
				empresarial de los asociados debe tener como fundamento la 
				justicia, la verdad y la honradez. Los empresarios afiliados a 
				Asimet A.G. deben cumplir y respetar la legislación vigente, 
				marco de referencia fundamental para el accionar de las empresas 
				y personas. Asimet A.G. debe promover, entre sus asociados, 
				relaciones basadas en la lealtad y solidaridad. 
				2.- Función Social de la 
				Empresa. 
				Asumimos libre y voluntariamente 
				nuestro compromiso con las personas, porque entendemos que la 
				empresa privada es el motor del desarrollo permanente del país. 
				En este contexto, la empresa es la principal instancia para un 
				efectivo mejoramiento en la calidad de vida de las personas y la 
				formación integral y digna de los trabajadores, ya que a través 
				de ésta nuestros colaboradores acceden a un mejor nivel 
				socioeconómico, a capacitación, educación y cultura. 
				Asimismo, creemos que la empresa 
				debe contribuir a la protección del Medio Ambiente, como factor 
				determinante para asegurar un desarrollo sostenible. 
				3.- El principio de la Libertad. 
				El progreso de la sociedad tiene 
				como fundamento básico la libertad, tanto de las personas como 
				del sistema político económico.  
				4.-
				Integridad de las Comunicaciones.  
				Asimet A.G. debe representar una 
				opinión calificada y respetada del quehacer empresarial frente a 
				la comunidad y las autoridades, por lo que las comunicaciones 
				gremiales serán claras y objetivas, basadas en informaciones 
				responsables, relevantes y oportunas. 
				NORMAS ÉTICAS  
				Artículo 1° 
				  
				Asimet A.G. 
				es una Asociación Gremial que reúne a los principales 
				productores del sector de la metalurgia y metalmecánica del país. 
				
				Una fortaleza de Asimet 
				A.G 
				es la diversidad de sus Asociados. 
				Asimet A.G. 
				respeta los derechos y la dignidad de todos sus Asociados. 
				Asimet A.G. 
				cree que todos sus Asociados tienen derecho a recibir el trato, 
				la atención y el respeto 
				justos por parte 
				del Directorio, del Consejo 
				Consultivo, los Comités Gremiales, los Círculos, sus 
				Corporaciones y Sociedades y de todos los trabajadores 
				dependientes del gremio. 
				Artículo 2° 
				Los 
				asociados afiliados a 
				Asimet A.G., 
				deben cumplir y respetar la legislación vigente, marco de 
				referencia fundamental para el accionar de las empresas y 
				personas. Asimet A.G. apoya y defiende la economía de mercado y 
				la libre iniciativa de los particulares en todos los ámbitos que 
				el marco ético, legal y económico lo permita.  
				
				
				Artículo 3° 
				En armonía con los 
				principios y valores de Asimet A.G., es un compromiso 
				fundamental de la Asociación, el respeto y la promoción de la 
				libre competencia en términos leales e igualitarios, 
				resguardando, con ello, la autonomía que como grupo intermedio 
				le reconoce la Constitución Política de la República al gremio; 
				el derecho a participar con igualdad de oportunidades en la vida 
				nacional; así como los derechos constitucionales a desarrollar 
				una actividad económica lícita, y la prohibición de 
				discriminaciones arbitrarias en el trato que deben proporcionar 
				los Órganos del Estado a los actores económicos. 
				Asimet A.G., 
				como asociación gremial, su Directorio, el Consejo Consultivo, 
				los Comités Gremiales, los Círculos, sus Corporaciones y 
				Sociedades y cada uno de sus Asociados y trabajadores 
				dependientes, deben, en cualquiera de sus instancias de 
				participación gremial, abstenerse de ejecutar acciones de 
				cualquier clase que entorpezcan o alteren la libre competencia o 
				impliquen conductas que puedan considerarse de carácter 
				monopólico, dando, por tanto, cumplimiento a la legislación 
				nacional vigente en materia de asociaciones gremiales (DL Nº 
				2.757 de 1979, del Ministerio del Trabajo); libre competencia 
				(Decreto Ley Nº 211 de 1973); y competencia desleal (Ley N° 
				20.169). 
				Artículo 4° 
				
				La propiedad intelectual de 
				Asimet A.G. 
				y sus Asociados son de real importancia. Por su parte, la 
				información de Asimet A.G. 
				y de sus Asociados 
				es fundamental para el logro de los fines de la Asociación, así 
				como los específicos de cada Asociado.   
				
				En razón de lo expuesto, los Asociados, trabajadores 
				dependientes y demás miembros del gremio deben tomar las 
				acciones adecuadas para proteger la información de 
				Asimet A.G. 
				que se halle en su posesión. Por su parte, 
				Asimet A.G., 
				sus trabajadores dependientes, su Directorio, el Consejo 
				Consultivo, los Comités Gremiales,  los Círculos, sus 
				Corporaciones y Sociedades deben proteger la información que 
				obre en su poder respecto de los Asociados.  
				Artículo 5° 
				 Los 
				conflictos de intereses plantean dudas sobre la calidad de las 
				decisiones 
				tomadas y la 
				integridad de la persona que las toma. 
				
				Deben evitarse en todo momento los conflictos de intereses, o 
				incluso la aparición de los mismos. 
				
				Cuando no puedan evitarse estos conflictos, deberán tratarse 
				cuidadosamente y comunicarlos al Directorio por medio del 
				Gerente General de Asimet A.G. 
				  
				Artículo 6°  
				
				El soborno es la entrega o recepción por parte de cualquier 
				persona de algo de valor, ya 
				
				sea directa o indirectamente, a modo de incentivo para obtener 
				una ventaja o influencia contrario a 
				los principios de 
				honestidad e integridad. 
				Asimet A.G. 
				no tolera sobornos de ningún tipo. 
				Los Asociados, trabajadores dependientes, el 
				
				Directorio, el Consejo Consultivo, los Comités Gremiales, 
				Círculos, sus Corporaciones y Sociedades 
				
				no deben en ningún caso darlos o aceptarlos, directa o 
				indirectamente. 
				Artículo 7° 
				
				Dar o recibir regalos contribuye al entendimiento y la buena 
				voluntad del día a día en los 
				negocios y las 
				relaciones gremiales. 
				También minan la confianza de los demás si no se saben gestionar 
				correctamente.  
				
				Asimet A.G. recomienda  se aplique una política de regalos e 
				invitaciones en la empresa o sector donde se desarrolla cada 
				Asociado. Aquella política debe, en todo momento, condecirse con 
				este Código. 
				
				  
				
				
				Artículo 8° 
				
				
				  
				Asimet A.G. 
				está comprometida a proteger los datos personales de sus 
				Asociados. 
				Asimet A.G. 
				sólo adquiere, recopila, procesa, usa y conserva los datos 
				personales 
				
				necesarios para el funcionamiento eficaz de la Asociación o 
				aquellos datos exigidos por ley. 
				
				
				Artículo 9°  
				Asimet A.G.
				postula que las empresas 
				deben contribuir a la protección del Medio Ambiente, como factor 
				determinante para asegurar un desarrollo sostenible. 
				
				El Directorio, el Consejo Consultivo, los Comités Gremiales, los 
				Círculos, sus Corporaciones y Sociedades y todos los  Asociados 
				deben demostrar un liderazgo visible en este aspecto. 
				Artículo 10°  
				Asimet A.G. 
				está comprometida a crear y gestionar en las empresas y sectores 
				de sus Asociados un entorno de trabajo seguro y saludable. 
				  
				
				Por tanto, la conducta laboral consecuente y una mejora continua 
				de estos aspectos son metas 
				
				fundamentales de nuestra Asociación y se llevan a cabo como 
				característica integral de 
				todos los 
				procesos, relaciones y programas de negocios. 
				Artículo 11°  
				
				La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la 
				Declaración Universal de los Derechos Humanos. Los principios 
				fundamentales de la Carta Internacional de Derechos 
				
				Humanos han sido adoptados por la mayoría de los países y 
				reflejan expectativas públicas 
				e 
				internacionales. 
				Entre los 
				principios tratados, se incluyen: 
					Asimet A.G. 
apoya la protección y promoción de los Derechos Humanos, reflejados en los 
principios mencionados precedentemente.
					
					
					El derecho a ser respetado (artículo 1).
					
					La 
					prohibición de la discriminación y el acoso (artículo 2),
					
					
					El derecho a la privacidad (artículo 3).
					
					La 
					prohibición de la esclavitud o la servidumbre (artículo 4).
					
					La libertad 
					de reunión y asociación pacíficas (artículo 20).
					
					
					El derecho a una remuneración justa (artículo 23). 
				Artículo 12° 
				Asimet A.G. adhirió 
				mediante un convenio suscrito con la Universidad Andrés Bello a 
				los principios del Pacto Global. Dicho pacto postula que los 
				negocios sustentados en valores universales generan beneficios 
				sociales y económicos.  Los principios del Pacto Global gozan de 
				consenso universal, y se resumen en:  
					Las empresas deben apoyar y 
respetar la protección de los derechos humanos proclamados a nivel 
internacional.Evitar verse involucrados en 
abusos de derechos humanos.Las empresas deben respetar 
la libertad de asociación y el reconocimiento de los derechos a la negociación 
colectiva.La eliminación de todas las 
formas de trabajo forzoso y obligatorio.La abolición del trabajo 
infantil.La eliminación de la 
discriminación respecto del empleo y la ocupación.Las empresas deben apoyar la 
aplicación de un criterio de precaución respecto de los problemas ambientales.Adoptar iniciativas para 
promover una mayor responsabilidad ambiental.Alentar el desarrollo y la 
difusión de tecnologías inocuas para el medio ambiente.Las empresas deben actuar 
contra todas las formas de corrupción, incluyendo la extorsión y el soborno. 
				Los Asociados y trabajadores 
				dependientes del gremio, así como los miembros del 
				
				Directorio, del Consejo Consultivo, de los Comités Gremiales, 
				Círculos, sus 
				Corporaciones y Sociedades se comprometen a adherir y difundir, 
				los principios del Pacto Global, precedentemente descritos. 
				Artículo 13° 
				Los Asociados y trabajadores 
				dependientes del gremio, así como los miembros del  Directorio, 
				del Consejo Consultivo, de los Comités Gremiales, Círculos, sus 
				Corporaciones y Sociedades cuidarán de expresarse en público 
				sobre el trabajo, 
				prácticas comerciales, o competencia de los demás Asociados, ni 
				anticipar juicios respecto de las transacciones que ellos 
				realicen. En caso que sus opiniones fuesen consultadas y ellos 
				estiman pertinentes expresarlas, deberán hacerlo con respeto y 
				mesura en apego a los principios de este código. 
				  
				Artículo 14° 
				  
				Los Asociados y trabajadores 
				dependientes de la Asociación, así como los miembros del  Directorio, 
				el Consejo Consultivo, los Comités Gremiales, Círculos, sus 
				Corporaciones y Sociedades 
				deben actuar evitando en todo momento la obtención de ventajas 
				desleales respecto de los demás, conduciendo su actuar en forma 
				seria y responsable, absteniéndose de ejecutar actos que los 
				perjudiquen. 
				  
				Artículo 15° 
				Asimet A.G. 
				no tolera en ningún caso y prohíbe terminantemente las 
				represalias contra cualquier Asociado o trabajador dependiente
				
				
				que informe de buena fe sobre cualquier asunto o problema que 
				observe relativo al cumplimiento de este Código al 
				
				Directorio, por intermedio del Comité de Ética.   
				El Comité de 
				Ética está integrado por los miembros de la Mesa Directiva, el 
				último ex Presidente de Asimet A.G. y el Asesor Legal de la 
				Asociación. 
		 Código 
		de Ética 
		 Declaración 
		aceptación Código de Ética 
		  
		Mayo de 2011 |