Medio
Ambiente
Proceso de Elaboración Norma
de Emisión de Material Particulado
y Gases para Grupos
Electrógenos en La Región Metropolitana
La Comisión Nacional del Medio Ambiente, se
encuentra en proceso de elaboración de la Norma de Emisión de
Material Particulado y Gases para Grupos Electrógenos en la
Región Metropolitana, esto se enmarca dentro de la política del
PPDA, de continuar reduciendo las emisiones de material
particulado fino y sus propulsores con el objetivo de alcanzar
el cumplimiento de las normas de calidad del aire.
La Norma de Emisión se aplicará a los grupos
electrógenos nuevos y existentes en la región Metropolitana.
Definiendo para tales efectos como grupo electrógeno nuevo,
aquel grupo registrado en la Seremi de Salud RM con
posterioridad a la fecha de publicación del presente Decreto y
como grupo de electrógeno existente a aquel grupo registrado en
la Seremi de Salud RM a la fecha de publicación del presente
Decreto. La Norma no se aplicará a aquellos grupos electrógenos
cuya capacidad nominal de generación eléctrica sea inferior a 20
KW de potencia, para cualquier combustible. Estos equipos no
requerirán ser declarados ni contar con número de registro.
PROPUESTA Valor de la Norma,
a partir de los resultados del estudio “Generación de
Antecedentes Técnicos para Norma de Emisión de Grupos
Electrógenos, Caracterización del Sector y Propuesta de
Normativa", realizado por Gamma de Ingenieros.
Se propone lo siguiente para fuentes nuevas y
existentes:
Limites de Emisión para Fuentes Nuevas
|
MP [mg/Nm3] |
NOx [mg/Nm3] |
CO [mg/Nm3] |
COV [mg/Nm3] |
Respaldo |
45 |
2.900 |
600 |
400 |
Emergencia |
75 |
2.900 |
600 |
400 |
Limites de Emisión para Fuentes Existentes
|
MP [mg/Nm3] |
NOx [mg/Nm3] |
CO [mg/Nm3] |
COV [mg/Nm3] |
Respaldo |
45 |
5000 |
600 |
400 |
Emergencia |
180 |
No Exigible |
No Exigible |
No Exigible |
Para lo cual se define:
Grupo electrógeno de respaldo:
es aquel utilizado en la generación de energía eléctrica por
diversos motivos incluyendo una emergencia eléctrica.
Grupo electrógeno de emergencia:
es aquel utilizado exclusivamente durante una emergencia
eléctrica o durante un periodo máximo de 26 horas anuales en
funcionamiento de prueba.
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