ASIMET - Legal Laboral
Proyecto de ley sobre nulidad
del despido por no pago de gratificaciones
Boletín 4403-13
El 7 de agosto pasado, el senador y
Presidente de la Comisión del Trabajo del Senado, Juan Pablo
Letelier, presentó un proyecto de ley que amplía la declaración
de nulidad del despido por no pago de gratificaciones.
La iniciativa legal, que se encuentra en
primer trámite legislativo, busca obtener mayores garantías
legales y perfeccionar el sistema por el cual se regula el
cumplimiento de las gratificaciones por parte del empleador.
Por esto, el proyecto de ley pretende agregar
nuevos conceptos. En el inciso quinto del Art. 162 del Código
del Trabajo, incorporar luego del vocablo “previsionales”, la
frase “y gratificaciones”.
Asimismo, en el inciso sexto del Art. 162 del
Código del Trabajo, se quiere combinar luego del vocablo
“imposiciones”, la frase “y gratificaciones”. Posteriormente,
intercálese luego del enunciado “instituciones previsionales
correspondientes”, la frase “y la que acredite el pago de lo
adeudado por concepto de gratificaciones”. Según el Código del
trabajo, están obligados a pagar gratificación a sus
trabajadores, los establecimientos mineros, industriales,
comerciales o agrícolas, empresas y cualesquiera otros que
persigan fines de lucro, y las cooperativas, que estén obligados
a llevar libros de contabilidad y que obtengan utilidades o
excedentes líquidos en sus giros.
Octubre 2006
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