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NUEVA
LEY SOBRE SOCIEDADES UNIPERSONALES
El
pasado día 11 de febrero se dictó la Ley
N°19.857 que Autoriza el
establecimiento de Empresas Individuales
de Responsabilidad Limitada o
"E.I.R.L." como también se les
llama. |
En breves palabras, este nuevo
dispositivo legal permite que una persona natural
pueda constituir una sociedad de responsabilidad
limitada, sin la necesidad de contar con un socio
que solamente concurre a la sociedad para efectos
de cumplir el requisito legal de la existencia de
dos socios a lo menos.
Del mismo modo, aquellas
personas naturales que al día de hoy hayan
constituido sociedades de responsabilidad limitada
o sociedades anónimas con la concurrencia de un
socio pasivo, podrán optar por transformar dichas
sociedades en una sociedad unipersonal.
Estas nuevas sociedades
unipersonales, que vienen a cubrir una necesidad
evidente en el mundo de los negocios, cual es la
de emprender actividades empresariales bajo una
estructura jurídica que no comprometa los bienes
personales y familiares en la gestión de los
negocios, brindan el mismo nivel de protección y
autonomía que si tales negocios se llevaren a
cabo a través de una sociedad anónima o de
responsabilidad limitada, pero sin la necesidad de
contar con la concurrencia y voluntad de un socio
pasivo.
Finalmente, es importante
señalar que el objeto o giro de este nuevo tipo
de sociedad no está limitado a las actividades
puramente comerciales o empresariales, sino que
también pueden tener como giro las inversiones y
las asesorías profesionales o técnicas, entre
otras.
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